Teuchitlán y el estado de excepción

Una reflexión filosófica 

Primo Levi, sobreviviente de los campos de concentración nazi, reflexionó en su libro Si esto es un hombre sobre la noción de la dignidad humana al interior de esos espacios de exterminio dentro de los cuales la vida de los seres humanos parecía haberse reducido a su nivel más elemental, orgánico.

En ese mismo texto expone cuál fue el proceso que llevó a las víctimas a situarse en una condición infrahumana a causa de los constantes esfuerzos atroces de los nazis por desaparecerlas de la faz de la tierra al margen de una orden jurídico dado.

En México, hace apenas unas semanas se descubrió un espacio cerrado que lleva por nombre Rancho Izaguirre y dentro del cual todo indica que fue un centro de reclutamiento, entrenamiento y hasta de desaparición de personas. Lo relevante es el modo en que la vida de las víctimas emula lo que Primo Levi sostenía sobre los campos y el estatuto jurídico de ese espacio.

Sobre todo, porque desde un punto de vista teórico y político los valores máximos a proteger por parte de los Estados modernos son el de la vida, la seguridad y la libertad para sus ciudadanos. Mismos que al interior de espacios como el Rancho Izaguirre no estaban asegurados y hasta puede sostenerse que se encontraban puestos en entre dicho.

Lo cual resulta problemático, si consideramos que la finalidad del Estado no es otra más que la de priorizarlos y cuya existencia depende de esa protección, de lo contrario podría ponerse incluso en duda su estatuto ontológico.

Zapatos encontrados en el Rancho Izaguirre.

Por otro lado, resulta interesante que dicha finalidad no es accidental, el Estado emana de ese compromiso implícito. De ahí que se sostenga en la filosofía política clásica que el incumplimiento de lo que se denominó el contrato social, implique necesariamente la vuelta a un estado de naturaleza en el que prevalecería la violencia o a la implementación de un estado de excepción de facto.

El estado de excepción tradicional, según apunta Giorgio Agamben, se caracterizaría por establecer condiciones de inseguridad, violencia y falta de libertad para restablecer el orden social. No obstante, esa forma tradicional de la excepcionalidad no es la que opera en los Estados modernos, puesto que ella requiere de ciertos mecanismos jurídicos que le den lugar.

Un estado de excepción de facto, por el contrario, no necesita de dichos mecanismos, se implementa más allá de la ley y opera sin la necesidad de ella. Un estado de excepción de facto se instituye cuando la finalidad del Estado se suspende y es sustituida por la violencia como eje rector del mismo. En el estado de excepción de facto la soberanía está puesta en manos de la violencia.

Al margen de lo anterior, puede sostenerse que lo que sucedió en Teuchitlán, en el Rancho Izaguirre y lo que sucede en muchas otras zonas del país, es muestra del modo en que el estado de excepción de facto se configura para establecerse como norma. El Estado es remplazado por lo excepcional sin que aquél lo enuncie o lo declare.

La excepcionalidad de este tipo no tiene que ver con la política rapaz, la excepcionalidad es sintomática del modo en que el poder ya no emana del soberano y su aparato estatal, sino de la violencia pura.



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Publicado por Diogenes Laercio

Estudié Filosofía en la Facultad de Filosofía y Letras en la UNAM. Cursé parte de la licenciatura en Letras Clásicas. Me dedico a la creación de contenido en redes y invito a todos a filosofar. He creado el podcast Filosofía en voz de Diógenes, Librería Rizoma en Instagram y el Proyecto de Divulgación de filosofía con el fin que el conocimiento esté más cerca de todos.

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